ANÁLISIS DE LAS ORDENES EJECUTIVAS DE TRUMP SOBRE LA EJECUCIÓN DE LA LEY FRONTERIZA Y EN EL INTERIOR
El 25 de enero de 2017, Trump emitió dos órdenes ejecutivas relacionadas con la ejecución de inmigración en la frontera y al interior del país. Las acciones ejecutivas de Trump, desperdician miles de millones de dólares de los contribuyentes – un estimado de $117 mil millones de dólares en el transcurso de diez años.
A continuación se encuentran los resúmenes de las ordenes ejecutivas que Trump ha emitido hasta la fecha.
ORDEN EJECUTIVA DE TRUMP SOBRE LA EJECUCIÓN EN EL INTERIOR
Hace la indignante aseveración de que 11 millones de familias inmigrantes viviendo en EE.UU. “suponen una amenaza significativa a la seguridad nacional y a la seguridad pública”.
Una vez más, Trump hace una aseveración falsa sin ninguna evidencia que la respalde. Direcciona a las agencias federales a que ejecuten la ley en contra de “todos los extranjeros removibles”. Pide la contratación de 10.000 nuevos agentes de ICE. Hace una prioridad a todos los inmigrantes que tienen órdenes finales de remoción y que no han cumplido, incluyendo aquellos que tuvieron órdenes emitidas en su ausencia o sin representación legal.
No queda claro si esto aplicará a individuos a quienes se les ha concedido suspensión de remoción, conforme a directrices de facultad discrecional previas. Elimina prioridades de ejecución anteriores (incluyendo la consideración de factores humanitarios) y en su lugar hace una prioridad de ejecución a cualquier inmigrante “removible” condenado o sospechoso de cualquier delito – desapareciendo la presunción de inocencia consagrada en nuestra constitución y generando preocupaciones sobre el abuso de poder de las fuerzas del orden.
Pide la imposición de multas a personas viviendo en EE.UU. sin documentación y a cualquiera que “facilite su presencia”. Faculta a los oficiales de las fuerzas del orden público estatales y locales de todo el país en agentes de inmigración y revive el fallido programa 287(g).
Inicia el contacto por parte de DHS hacia los gobernadores y otros funcionarios locales para participar en el programa 287(g). Amenaza con eliminar el financiamiento federal para los gobiernos locales que se rehúsen a compartir información sobre el estatus migratorio con DHS o “impide o entorpece” la ejecución migratoria por medio de políticas “santuario” – en violación de la Constitución. Le da a DHS autoridad sin restricciones para determinar que constituye una ciudad “santuario”. En otras palabras, si su ciudad tiene a un alcalde con el cual Trump no está de acuerdo, el secretario Kelly (el candidato político de Trump) tiene amplia discreción para considerar a su ciudad una ciudad “santuario” y retener fondos federales.
Reinstala la desacreditada “Comunidades Seguras;” reemplaza el Programa de Prioridad de Ejecución. Pide que DHS revise regulaciones, políticas, y procedimientos y rescinde o revisa cualquier regulación inconsistente con la orden ejecutiva. Pide que DHS examine y revise las formas migratorias relacionadas con la identificación, detención y la deportación de inmigrantes que pudieran tener antecedentes penales. Podemos esperar que las formas de detención sean modificadas.
Excluye a todas las personas que no son ciudadanas o titulares de tarjeta verde (residentes permanentes legales) de las protecciones de privacidad bajo la Ley federal de Privacidad. Lo que esto significa es que los beneficiarios de DACA no cuentan con protección bajo la Ley de Privacidad. Lo mismo puede decirse de los titulares de visas, refugiados, y solicitantes de asilo.
EJECUCIÓN EN LA FRONTERA DE LA ORDEN EJECUTIVA
Pide la contratación de 5.000 nuevos agentes de la Patrulla Fronteriza (además de los 21.000 que ya se encuentran en nómina). Pide más instalaciones de detención cerca de la frontera sur. Costo para los contribuyentes alcanza la suma de $9 mil millones en el transcurso de 10 años.
En una clara violación de la ley con respecto a las audiencias de fianza, pide la detención obligatoria de todos los inmigrantes detenidos mientras realizan procedimientos de remoción. Faculta a DHS para emitir guías sobre cómo lograr esto. Amplia el uso de la remoción acelerada – deportación sin ni siquiera ver a un juez o tener una audiencia – para cualquiera que no pueda probar que han estado aquí por más de dos años.
Faculta a DHS para garantizar que la libertad condicional humanitaria sea otorgada en base a cada caso, de conformidad con el lenguaje sencillo del estatuto, y en todas las circunstancias, solamente cuando un individuo demuestra razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo derivado de dicha libertad condicional. No queda claro la razón por la cual esto se encuentra en la orden ejecutiva, ya que es lo mismo que la actual ley y política.
Faculta a DOJ (Departamento de Justicia) para hacer de las personas que son aprehendidas entrando o re-entrando al país de manera ilegal, una prioridad más alta para la persecución penal. Las cortes federales ya se encuentran saturadas con este tipo de enjuiciamientos sin sentido e inhumanos – la mayoría de los enjuiciamientos en el sistema de justicia federal.